Servicio de Dosimetría Personal Externa (SDPE) | SCI
 

Servicio de Dosimetría Personal Externa (SDPE)

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    Servicio de Dosimetría Personal

    En SCI contamos con Servicio de Dosimetría Personal desde el año 1993, cuando fue autorizado por el Consejo de Seguridad Nuclear (CSN). Una autorización que se ha ido revalidando después de pasar con éxito las inspecciones periódicas realiza el propio CSN.

    Además, este servicio de dosimetría personal ha sido parte de las campañas de intercomparación organizadas por el CSN a nivel nacional, siempre con unos resultados satisfactorios.

    ¿Qué es la dosimetría?

    La dosimetría de la radiación es la técnica utilizada por los científicos para estudiar la relación entre medidas cuantitativas de la radiación y sus efectos en un sistema, generalmente biológico.

    La dosimetría es esencial para cuantificar la incidencia de los cambios biológicos en función de la cantidad de radiación recibida, así como, para controlar la exposición a la radiación de seres vivos y sus efectos en el medio ambiente.

    ASPECTOS DEL SERVICIO DE DOSIMETRÍA PERSONAL DE SCI

    Tipos de dosimetría

    Dosimetría personal

    Esta, a su vez, se divide en varios Tipos de Dosimetría en función de su localización.

    Dosimetría Corporal

    Para llevarla a cabo se utilizan dosímetros que se colocan a la altura del pecho. El uso del dosímetro es personal y debe ser utilizado cuando haya riesgo de exposición a radiaciones ionizantes.

    Con estos dosímetros se estiman las dosis recibidas en la totalidad del organismo de los trabajadores expuestos a radiaciones ionizantes. Se hallan en términos de ‘dosis equivalente superficial’ (Hs = Hp (0,07)) y de ‘dosis equivalente profunda’ (Hp = Hp (10)).

    Según la reglamentación vigente “R.D. 1029/2022 (artículo 32)”, las dosis recibidas por los trabajadores expuestos deberán determinarse con una periodicidad no superior a un mes, por lo que, el período de uso de los dosímetros, y por tanto, la lectura de los mismos, debe ser mensual.

    A cada persona (usuario) de la instalación (entidad) que sea dado de alta en el Servicio de Dosimetría, se le asignarán 2 dosímetros que se utilizarán de forma alterna (no se debe enviar el dosímetro que se está utilizando hasta que no se reciba el de cambio).

    Si se están utilizando prendas plomadas (delantal, chaleco,…), los dosímetros siempre estarán por debajo de las mismas.

    Dosimetría de extremidades

    Para este tipo de dosimetría se utilizan dosímetros de anillo. Antes de empezar con este tipo de dosimetría, el usuario en cuestión tiene que estar dado de alta en la corporal.

    Este anillo se utiliza cuando se estima que las dosis de radiación recibidas en las extremidades (manos), pueden ser considerablemente superiores a las dosis de dosimetría corporal.

    El uso del anillo es personal y debe ser utilizado cuando haya riesgo de exposición a radiaciones ionizantes. En el caso de utilizar guantes, el anillo debe ir colocado debajo del mismo.

    El anillo se coloca en un dedo de la mano, con el detector orientado hacia el haz de radiación, y se utiliza, para estimar las dosis recibidas en la extremidad (mano) del trabajador expuesto a radiaciones ionizantes, en términos de dosis equivalente para la extremidad (Hext = Hp(0,07)).

    Cuando las dos manos pueden estar sometidas a un riesgo notable a radiaciones ionizantes, se asigna este tipo de dosimetría a ambas. Para ello, se coloca un anillo en 1 dedo de cada mano (por ejemplo, son utilizados por personal de Medicina Nuclear, PET,..).

    Por cada extremidad del usuario de la instalación que sea dada de alta en el Servicio de Dosimetría, se asignarán 2 dosímetros de anillo, que se utilizarán de forma alterna por meses, teniendo en cuenta que, no se enviará el dosímetro hasta recibir el de cambio, y que, la periodicidad de uso, y por tanto la lectura, debe ser mensual.

    Dosimetría de abdomen

    Se usan los mismos dosímetros que los utilizados para evaluar la corporal pero situándolos a la altura del abdomen. Es una dosimetría destinada a trabajadoras expuestas a radiaciones ionizantes en estado de gestación. Se emplea para estimar la dosis recibida por el feto. Con esta dosimetría se obtiene la ‘dosis de abdomen’ (Habdomen = Hp (10)).

    Las trabajadoras expuestas en estado de gestación deberán llevar puesto tanto el dosímetro personal como el de abdomen. A efectos de control, hay que tener en cuenta que el límite de dosis al feto (1 mSv desde el momento del embarazo) es equivalente al límite de dosis en abdomen (2 mSv desde el momento de declaración del embarazo).

    Dosimetría no personal

    Los tipos de dosimetría no personales son:

    Dosimetría de área para asignación de dosis personales

    Este tipo de dosimetría se realiza mediante dosímetros iguales a los corporales, que se colocan en puntos representativos de la ubicación de los trabajadores expuestos cuando están realizando su trabajo.

    Se obtienen las dosis en términos de ‘dosis equivalente superficial’ (Hs = Hp (0,07)) y ‘dosis equivalente profunda’ (Hp = Hp (10)). El Servicio de Dosimetría proporcionará estas dosis a la instalación para que la UTPR o SPR de la misma realice la estimación de dosis de los trabajadores expuestos, siendo sólo posible, para aquellos clasificados como categoría B.

    Dosimetría de área para la evaluación de zonas

    Se realiza con dosímetros iguales a los corporales que se colocan en puntos estratégicos (con probabilidad de obtener valores de dosis mayores) en torno a recintos, para comprobación de la idoneidad de los blindajes, y por tanto, de la vigilancia del ambiente.

    El Servicio de Dosimetría proporcionará a la instalación las dosis en términos de dosis equivalente superficial (Hs = Hp (0,07)) y dosis equivalente profunda (Hp = Hp (10)).

    Dosimetría de control

    Se realiza mediante dosímetros iguales a los corporales, que son utilizados por los responsables de protección radiológica de las instalaciones para evaluación de diferentes situaciones o para la realización de investigaciones.

    El Servicio de Dosimetría proporcionará al responsable de protección radiológica de la instalación, las dosis, en términos de, dosis equivalente superficial (Hs = Hp (0,07)) y dosis equivalente profunda (Hp = Hp (10)).

    Tipos de dosímetros

    Hay dos Tipos de Dosímetros

    Dosímetros utilizados para dosimetría: corporal / abdomen / área para asignación de dosis personales / área para evaluación de zonas / control

    Son dosímetros de termoluminiscencia. Están constituidos por 4 elementos: 2 de ellos de nLi2nB4O7:Cu y otros 2 de CaSO4:Tm, introducidos en portadosímetros de plástico, que poseen una ventana de plástico delgada.

    Se emplean para la detección de rayos X y rayos Gamma así como para la radiación corpuscular Beta. Cuando se obtienen las lecturas de los 4 elementos se aplica un algoritmo para evaluar el tipo de radiación (fotones o partículas Beta), su energía y las dosis equivalentes superficial (Hs=Hp(0,07)) y profunda (Hp=Hp(10)).

    Dosímetros de Extremidades

    Son dosímetros de termoluminiscencia, constituidos por un elemento de 7Li211B4O7:Cu, introducidos en un anillo. Se utilizan para medir la radiación X, Gamma y Beta.

    Después de la lectura del elemento se obtiene la dosis equivalente para la extremidad donde se portó el anillo (mano derecha o mano izquierda)(Hext. = Hp (0,07)).

    Normas y formatos del servicio de dosimetría

    El Servicio de Dosimetría de SCI ha establecido unas normas para la correcta utilización de los dosímetros. Entre ellas está el procedimiento a aplicar en caso de pérdida de información dosimétrica (PID) para dosimetría personal, según indicaciones del CSN.

    Pérdida de información dosimétrica

    La pérdida de información dosimétrica puede deberse a:

    • La pérdida del dosímetro.

    Además de la pérdida material del dosímetro, se considera como pérdida del mismo cuando no se devuelva en un período de tiempo superior a 5 meses. Se tratará como una pérdida de información dosimétrica.

    • El deterioro del dosímetro.
    • Una lectura anómala.

    La pérdida de información dosimétrica conlleva la asignación al usuario de una dosis representativa de la fracción del límite de dosis anual correspondiente al periodo de uso del dosímetro.

    Dicha dosis, teniendo en cuenta la reglamentación vigente (R.D. 1029/2022 (artículo 32)), será:

    • Para Dosis Equivalente Superficial (Hp(0,07))= 40 mSv/mes.
    • Para Dosis Equivalente Profunda (Hp(10))= 2 mSv/mes.

    En el caso de pérdida de información dosimétrica por no devolución de dosímetro, se considerará como periodo de uso, los meses alternos del periodo en que no ha devuelto el dosímetro, es decir, 3 meses. Se asignarán las siguientes dosis:

    • Para Dosis Equivalente Superficial (Hp(0,07))= 120 mSv.
    • Para Dosis Equivalente Profunda (Hp(10))= 6 mSv.

    Estas dosis asignadas (dosis administrativas) por pérdida de información dosimétrica podrán ser modificadas. Para que ello sea posible, tienen que darse estas 3 circunstancias:

    • El cambio tiene que estar autorizado por el Titular de la instalación.
    • Tiene que estar justificado y documentado por persona cualificada en protección radiológica.
    • Tiene que darse con la conformidad del trabajador implicado.

    En la propuesta deberán constar las 3 firmas y enviar al Servicio de Dosimetría el documento original.

    Normas del servicio de dosimetría

    Formatos del servicio de dosimetría

    Para la comunicación de altas de instalaciones (entidades) y usuarios, así como para bajas y demás incidencias, deben utilizarse los siguientes formatos:

    Tipos de informes dosimétricos

    Los Informes Dosimétricos se pueden dividir en dos: los personales y los no personales.

    Informes de dosimetría personal

    Estos informes se dividen, a su vez, en otros dos:

    Informe dosimétrico General
    En él están contenidos los datos dosimétricos mensuales de los usuarios de la instalación. Se muestra tanto la información de la dosimetría corporal como la información de ‘otras dosis’. Entre estas ‘otras dosis’ están: extremidades, abdomen, etc…

    En la corporal se indica para cada usuario las dosis equivalentes mensuales asignadas, tanto superficial como profunda, además de las acumuladas en año oficial.
    En el caso de las denominadas ‘otras dosis’, se indica para cada usuario las dosis equivalentes mensuales asignadas de extremidades (dosis anillo derecho y/o dosis anillo izquierdo) y/o abdomen, así como, las  dosis acumuladas en año oficial para extremidades, y en el periodo del embarazo para abdomen.

    Informe dosimétrico Individual

    Este informe contiene la información dosimétrica de un periodo de tiempo para un usuario de la instalación. En él se muestra tanto la información de la dosimetría corporal como la información de ‘otras dosis’.

    En la corporal se indica para el usuario las dosis equivalentes asignadas en cada mes del periodo, tanto superficial como profunda, además de las acumuladas en año oficial.

    En el caso de las denominadas ‘otras dosis’, se indica para el usuario las dosis equivalentes asignadas en cada mes del periodo, de extremidades (dosis anillo derecho y/o dosis anillo izquierdo) y/o abdomen, así como, las dosis acumuladas en año oficial para extremidades, y en el periodo del embarazo para abdomen.

    INFORMES DE DOSIMETRÍA NO PERSONAL

    Estos informes no personales se dividen en generales y por punto de medida.

    Informe dosimétrico General

    Contiene la información dosimétrica mensual de los puntos de medida de la instalación. Se van a indicar, para cada punto de medida, las dosis equivalentes, superficial y profunda, asignadas en el mes.

    Informe dosimétrico por Punto de Medida

    Contiene la información dosimétrica de un periodo de tiempo para un punto de medida de la instalación. Para cada punto se indican, las dosis equivalentes, superficial y profunda, asignadas en cada mes del periodo.

    Las normas de nuestro Servicio de Dosimetría incluyen aclaraciones sobre los informes dosimétricos.

    LÍMITES DE DOSIS

    De acuerdo a la normativa actual (R.D. 1029/2022 (artículo 32)) los Límites de Dosis para los trabajadores expuestos a radiaciones ionizantes son:

    Por año oficial:

    • Superficial: 500 mSv.
    • Profunda: 20 mSv.
    • Extremidades: 500 mSv.
    • Cristalino: 150 mSv.

    Límite de dosis en periodo de embarazo (desde el momento de la declaración del mismo):

    • Abdomen: 2 mSv.
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