
29 Nov 2017 Inspección líneas eléctricas subterráneas de Alta Tensión y la guía LAT-05
La Entidad Nacional de Acreditación (ENAC) ha comunicado, mediante escrito del pasado mes de octubre de 2017, a la Federación Española de Asociaciones de Organismos de Control (FEDAOC) su postura respecto a la consideración de las Guías técnicas publicadas por la autoridad competente.
ENAC considera, las mencionadas Guías, como base de presunción de conformidad en relación al cumplimiento de los requisitos contenidos en los reglamentos.
Las Guías son, pues, un documento de mínimos a la hora de evaluar el cumplimiento de los requisitos reglamentarios en lo que respecta al procedimiento y a la ejecución de las inspecciones.
El caso concreto que nos ocupa, las pruebas a realizar en las inspecciones periódicas de líneas de cables aislados no pertenecientes a empresa de transporte y distribución, según lo exigido en el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en líneas eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias ITC-LAT 01 a 09, aprobado por R.D. 223/2008, se realizará, según recoge el anexo 3 de la Guía ITC-LAT 05.
www.f2i2.net/legislacionseguridadindustrial/Si_Ambito.aspx?id_am=4
Las mencionadas pruebas, como no podía ser de otra manera, porque así figura en el reglamento, recogen, entre otras comprobaciones, tanto la comprobación del aislamiento principal como el aislamiento cubierta. Respecto a estos dos ensayos, citando, textualmente, partes de la Guía:
Comprobación del aislamiento principal. La comprobación del aislamiento principal de cables con aislamiento seco se realiza bien sea mediante la medida de descargas parciales (DP) en servicio a la tensión de red o fuera de servicio con generadores móviles…
Comprobación del aislamiento de la cubierta. La comprobación del aislamiento de la cubierta se podrá realizar con el cable fuera de servicio aplicando el método descrito en la norma UNE 211006:2010. Este método de ensayo requiere desconectar la pantalla de su conexión habitual a tierra… Por ello, mientras que el progreso técnico no proporcione técnicas de ensayo no invasivas, se recomienda sustituirlo por una inspección visual, y realizarlo en los casos en los que esta inspección visual u otros indicios (como la variación injustificada en la corriente de circulación por las pantallas) pongan en duda la conservación de la cubierta.
Bienvenido sea este comunicado que unifica los ensayos que debemos realizar todos los organismos de control en este tipo de instalaciones y evita, de esta manera, la confusión que hemos transmitido a los usuarios de estas instalaciones.
Para cualquier aclaración, desde la Dirección Técnica de SCI Servicios de Control e Inspección, S.A., estamos a su entera disposición
NOTAS:
- Procedimientos alternativos:
ENAC admite, en su escrito, la utilización de procedimientos equivalentes a las Guías. Con las siguientes salvedades:
- El organismo de control deberá justificar que dicho procedimiento proporciona un método que da las mismas garantías técnicas y de seguridad que las Guía.
- Que la administración competente así lo ha admitido.
- Líneas de cables aislados, no pertenecientes a empresas de transporte y distribución de energía eléctrica, instalados antes de la entrada en vigor del R.D. 223/2008.
Los criterios técnicos a aplicar en las verificaciones/inspecciones periódicas deben ser los establecidos en el proyecto aprobado con el que la línea fue puesta en servicio, que permitan asegurar el correcto estado de la red. En ausencia de tales criterios técnicos se recomienda utilizar las mismas comprobaciones y periodicidad que las indicadas para las líneas instaladas con posterioridad a la entrada en vigor del R.D. 223/2008.