07 Mar 2024 ¿Conoce las inspecciones reglamentarias que tienen que realizar las comunidades de viviendas?
En SCI Control & Inspección se dedica a la completa inspección reglamentaria en comunidades de viviendas. Como Organismo de Control Autorizado, nos ocupamos de realizar las inspecciones reglamentarias periódicas obligatorias en instalaciones ubicadas en comunidades de viviendas. Nos ponemos a disposición de los administradores de fincas para llevar a cabo la inspección periódica de baja tensión en comunidades de propietarios, la inspección reglamentaria en piscinas, la inspección reglamentaria en instalaciones de calefacción y agua caliente sanitaria, la inspección reglamentaria en instalaciones de protección contra incendios, la inspección de depósitos de combustible y la inspección periódica reglamentaria en ascensores.
¿Qué instalaciones deben someterse a la inspección reglamentaria en viviendas?
El departamento de inspecciones reglamentarias de SCI Control & Inspección dispone de los medios técnicos más avanzados tecnológicamente para la realización de cada una de las inspecciones periódicas obligatorias que requiere una comunidad de viviendas. A su vez, contamos con un cualificado equipo humano para llevar a cabo estas inspecciones, profesionales con amplia formación y una experiencia de más de 30 años a sus espaldas. Si como administrador de fincas, confía en nuestra compañía para la inspección reglamentaria de las instalaciones de un edificio de viviendas, podrá tener la seguridad de que realizaremos el trabajo de una manera profesional y adaptándonos a los requisitos marcados por las normativas vigentes.
INSPECCIONES REGLAMENTARIAS EN INSTALACIONES DE BAJA TENSIÓN (R.D. 842/2002)
Somos especialistas en la inspección periódica en instalaciones de baja tensión en comunidades de propietarios. ¿Cuáles son las instalaciones catalogadas de baja tensión? Se trata de todas aquellas que cuenten con una tensión nominal mayor a 24 V y menor o igual a 1.000 V, cuando se trate de corriente alterna; o menor a 1.500 V, cuando se trate de corriente continua. Todas estas instalaciones presentes en una comunidad deberán someterse a inspecciones reglamentarias periódicas por parte de un Organismo de Control Autorizado, según lo dispuesto en el Real Decreto 842/2002.
En una comunidad de propietarios, deberán someterse a inspecciones reglamentarias cada 5 años las instalaciones eléctricas de baja tensión que den servicio en garajes con más de 25 plazas, las instalaciones de alumbrado exterior (P>5kw), las fuentes y piscinas (P>10kw) y los locales mojados (P>25kw) o con riesgo de incendio o explosión. Mientras que las zonas comunes (P>100kw) deberán someterse a la inspección reglamentaria cada 10 años.
INSPECCIONES REGLAMENTARIAS EN ASCENSORES (R.D. 88/2013)
También nos ocupamos de la inspección de los equipos de elevación de una comunidad de viviendas. Será obligatoria la inspección periódica de ascensores según lo dispuesto en el Real Decreto 88/2013. Los ascensores de edificios con más de 4 paradas o más de 20 viviendas, serán inspeccionados cada 4 años. Mientras que los ascensores de edificios con menos de 4 paradas y menos de 20 viviendas se inspeccionarán cada 6 años.
INSPECCIONES REGLAMENTARIAS EN INSTALACIONES TÉRMICAS (R.D.1027/2007)
Los sistemas de calefacción y ACS instalados en comunidades de propietario que tengan una potencia útil nominal igual o superior a 20 kw, deberán someterse a inspecciones periódicas según está indicado en el Real Decreto 238/2013. Las instalaciones de calefacción y agua corriente sanitaria con potencia térmica nominal entre 20 kw y 70 kw se someterán a una inspección de eficiencia energética cada 5 años. Y los sistemas con potencia térmica nominal superior a 70 kw se someterán a la inspección de eficiencia energética cada 4 años.
Por otro lado, se deberán realizar inspecciones de eficiencia energética cada 4 años en sistemas de aire acondicionado con potencia térmica nominal igual o mayor de 70 kw.
INSPECCIONES REGLAMENTARIAS EN INSTALACIONES DE PROTECCION CONTRA INCENDIOS. (R.D. 513/2017)
Deben realizar inspección periódica cada 10 años las instalaciones de protección contra incendios en garajes con superficie superior a 500 m2.
INSPECCIONES REGLAMENTARIAS EN INSTALACIONES PETROLÍFERAS (R.D. 1523/1999)
Deben realizar inspección periódica cada 10 años los depósitos de combustible que se legalizaron con proyecto y pasar prueba de estanqueidad cada 5 ó 10 años los tanques enterrados de simple pared y las tuberías enterradas cada 5 años.
Inspecciones periódicas reglamentarias en comunidades de viviendas con SCI Control & Inspección
Si está interesado conocer más información sobre las inspecciones reglamentarias en comunidades de viviendas puede ponerse en contacto con nosotros sin compromiso. Estamos a su disposición para ofrecerle atención personalizada a través de correo electrónico (sci@scisa.es) o bien por teléfono (+34 91 884 43 93). Le ofreceremos el mejor servicio como profesionales de las inspecciones reglamentarias, nuestra experiencia de más de 30 años nos avala.