INSPECCIONES DE INSTALACIONES PETROLÍFERAS
1) Inspección de Parques de Almacenamiento de Líquidos Petrolíferos, según lo dispuesto en el Real Decreto 1562/1998.
- Inspección periódica de las Instalaciones cada 10 años.
Pruebas Periódicas
- Pruebas a Tanques y Tuberías de Superficie.
- Cada 10 años (Para Tanques productos clase C y D).
- Cada 5 años (Para Tanques productos clase B) (Primera prueba de estanqueidad a los 10 años de su instalación).
- Pruebas de Estanqueidad a Tanques y Tuberías Enterrados (sólo aplicable a instalaciones sin sistema de detección de fugas).
- Inspección visual y medición de espesores cada 5 años.
Nota.- Instalaciones Tanques Enterrados sin sistema de detención de fugas, anteriores a la entrada en vigor de la ITC MI-IP02 (09.08.98):
- Revisión cada 3 años con prueba de estanqueidad.
- Inspecciones: cada 6 años.