Instalaciones Térmicas

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    REGLAMENTO DE INSTALACIONES TÉRMICAS EN EDIFICIOS

    En el R.D. 1027/2007 modificado por el R.D. 238/213 y el R.D. 178/2021, se establecen las exigencias de eficiencia energética y seguridad que deben cumplir las instalaciones térmicas en los edificios destinadas a atender la demanda de bienestar e higiene de las personas.

    Tipos de Inspecciones

    • Inspección inicial. A determinar por el Órgano Competente de cada CCAA.
    • Inspección periódica de eficiencia energética a instalaciones sujetas al RITE (sujetos al R.D.1027/2007)
      • En Sistemas de calefacción, ventilación y ACS, con potencia térmica nominal superior 70 kW: cada 4 años.
      • En sistemas de aire acondicionado y ventilación, con potencia térmica nominal superior a 70 kW: cada 4 años.
      • Inspección de la Instalación Térmica Completa, con potencia térmica nominal superior a 70 kW: cada 15 años.