29 Ago 2022 Normativa de ascensores: inspección periódica reglamentaria
La actual normativa de ascensores estipula la obligación de realizar inspecciones reglamentarias de manera periódica en este tipo de instalaciones. Se trata de exhaustivas inspecciones de seguridad que deben ser realizadas por un Organismo de Control Autorizado, como es el caso de SCI Control & Inspección. Nuestra labor como OCA es garantizar el cumplimiento de los Reglamentos de Seguridad Industrial, entre los que se encuentra el Reglamento de aparatos de elevación y manutención.
¿Cuál es la actual normativa de ascensores?
A día de hoy, son tres los Reales Decretos que regulan los requisitos de seguridad en ascensores y elevadores. Y todas las inspecciones de ascensores que realicemos como Organismo de Control Autorizado deberán llevarse a cabo atendiendo a los requisitos vigentes en las siguientes normas de la Legislación española;
- Real Decreto 2291/1985, de 8 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Aparatos de Elevación y Manutención.
- Real Decreto 88/2013, de 8 de febrero, por el que se aprueba la Instrucción Técnica Complementaria AEM 1 «Ascensores» del Reglamento de aparatos de elevación y manutención, aprobado por Real Decreto 2291/1985, de 8 de noviembre.
- Real Decreto 203/2016, de 20 de Mayo, por el que se establecen los requisitos esenciales de seguridad para lacomercialización de ascensores y componentes de seguridad para ascensores.
- Real Decreto 298/2021, de 27 de abril, por el que se modifican diversas normas reglamentarias en materia deseguridad industrial.
Pero será el RD 88/2013 en el que centraremos nuestro interés, ya que en la Instrucción Técnica Complementaria AEM 1 “Ascensores”, del reglamento de aparatos de elevación y manutención, viene definida la periodicidad con la que deben realizarse las inspecciones reglamentarias. A su vez, es este reglamento el que establece los tipos de defectos que se pueden observar y los trámites que se deben realizar en relación a la inspección reglamentaria de ascensores.
¿Cuál es la periodicidad de las inspecciones reglamentarias de ascensores?
La periodicidad de las inspecciones reglamentarias vendrá definida por el tipo de edificio en el que se encuentre instalado el ascensor. Así viene estipulado en el citado Real Decreto 88/2013:
TIPO DE EDIFICIO | PERIODICIDAD DE LA INSPECCIÓN |
Edificios industriales y de pública concurrencia | 2 años |
Edificios de viviendas de más de 4 paradas o más de 20 viviendas | 4 años |
Edificios de menos de 4 paradas o menos de 20 viviendas | 6 años |
¿Qué tipo de defectos se pueden encontrar en la inspección de ascensores?
Para comprender la magnitud de los defectos encontrados en la inspección reglamentaria de ascensores es fundamental tener presente la importancia de este tipo de inspecciones, las cuales están dirigidas a comprobar la seguridad de la instalación en su uso común para el desplazamiento de personas. Y por lo tanto, en caso de inspección deficiente, las consecuencias podrían fatales.
A la hora de realizar la inspección, el Organismo de Control Autorizado puede encontrarse ante tres tipos de fallos o defectos.
- Defectos leves: con estos fallos se puede aprobar de manera inicial la instalación, pero en futuras inspecciones puede ser más difícil si siguen persistiendo estos defectos leves.
- Defectos graves: este tipo de fallos deberán ser solucionados en un periodo inferior a los 6 meses. Esto significa que el ascensor podrá ser utilizado con normalidad, pero que pueden surgir problemas importantes en caso de averías.
- Defectos muy graves: estos fallos supondrán la inmediata suspensión del uso del ascensor sin excepción. Ya que el uso de la instalación puede suponer un riesgo para la seguridad de las personas que se encuentren en su interior. Detectados este tipo de defectos se dará por suspendida la inspección.
¿Qué trámites hay que realizar para la inspección de ascensores?
Los trámites a realizar en relación con la inspección de ascensores variarán según la comunidad autónoma en la que se encuentre la instalación a inspeccionar. Por lo tanto, cada propietario de un edificio con ascensor deberá consultar la gestión en los canales oficiales de atención de su Comunidad Autónoma. Igualmente, a modo de ejemplo, compartimos el procedimiento a seguir para la inspección de ascensores en la Comunidad de Madrid.
- En primer lugar, el Organismo de Control Autorizado se encargará de realizar la inspección reglamentaria en presencia de representantes de la empresa de mantenimiento de ascensores.
- Con la inspección reglamentaria finalizada, el titular y la empresa encargada del mantenimiento del ascensor recibirán la lista de defectos identificados por el OCA.
- El Organismo de Control Autorizado se encargará de llevar a cabo todos los trámites necesarios con Industria para certificar la inspección.
- El ascensor será identificado mediante una pegatina que se debe colocar en la puerta: si la pegatina es verde todo será correcto, si es amarilla se identifican errores graves y si es roja se identifican errores muy graves. A su vez, el OCA colocará un rótulo que indique la fecha de inspección, la fecha de vigencia de dicha inspección, el número identificativo del ascensor y el número de certificado.
Solicite su inspección de ascensores con SCI Control & Inspección
En SCI Control & Inspección somos especialistas en la realización de inspecciones reglamentarias de ascensores y estamos a su disposición para cumplir con la normativa de ascensores en su edificio. Si desea solicitar la inspección reglamentaria de su instalación, puede ponerse en contacto con nosotros y le facilitaremos toda la información que necesite acerca del servicio. Atenderemos su consulta por teléfono (+34 91 884 43 93) o bien a través de correo electrónico (comercial.madrid@scisa.es), pero si prefiere venir a conocernos, estaremos encantados de recibirle en cualquiera de nuestras delegaciones de España.