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Inspecciones iniciales y periódicas de Equipos a Presión
Inspecciones iniciales y periódicas de Equipos a Presión de acuerdo a lo dispuesto en el Real Decreto 809/2021. Aplica a la instalación, inspecciones periódicas y modificación de los equipos con presión máxima admisible superior a 0,5 bar.
Está integrado por las Instrucciones Técnicas Complementarias (ITC).
Categorías similares a las detalladas en la Directiva de equipos a Presión R.D. 709/2015. En función de las categorías y grupos de fluido se establecen los requisitos, las periodicidades y los agentes que intervienen en las inspecciones periódicas.
TIPO DE INSPECCIONES PERIÓDICAS
Dependiendo del tipo de equipo a presión las periodicidades de la inspección se definen con diferente criterio. A saber:
I. Equipos a presión incluidos en el reglamento y que no están en el ámbito de aplicación de una ITC específica.
EQUIPOS A PRESIÓN
TUBERÍAS
II. ITC EP-1. CALDERAS.
CALDERAS EN GENERAL
CALDERAS DE RECUPERACIÓN DE LEJÍAS NEGRAS
III. ITC EP-2. Centrales generadoras de energía eléctrica.
CALDERAS
RECIPIENTES PARA GASES Y LÍQUIDOS
TUBERÍAS


IV. ITC EP-3. Refinerías de petróleos y plantas petroquímicas (todos sus equipos a presión).
RECIPIENTES
TUBERIAS


V. ITC EP-4. Depósitos criogénicos
RECIPIENTES
TUBERÍAS


VI. ITC EP-5. Botellas de equipos respiratorios autónomos.
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